Los Certificados de Profesionalidad, como conseguirlos.
Los certificados de profesionalidad, regulados por el Real
Decreto 34/2008, de 18 de enero, son el instrumento de acreditación
oficial de las cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de
Cualificaciones Profesionales en el ámbito de la administración laboral.
Acreditan
el conjunto de competencias profesionales que capacitan para el desarrollo de
una actividad laboral identificable en el sistema productivo sin que ello
constituya regulación del ejercicio profesional.
Tienen
carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y son expedidos por
el Servicio Público de Empleo Estatal y los órganos competentes de las
Comunidades Autónomas.
Se
obtienen a través de dos vías:
1. POR MEDIO DE FORMACIÓN
Para ello, realizamos una formación
teórico-práctica. En la que tenemos dos opciones:
·
A través de los cursos impartidos directamente por el Ministerio de Trabajo
o por las Consejerías de Empleo. Esta modalidad es siempre presencial y se
suele impartir durante un plazo aproximado de cuatro meses.
·
Realizando una formación presencial u online con examen presencial según lo
regulado en el Real
Decreto 189/2013. Esta vía nos va a permitir que la formación de
un Certificado de Profesionalidad se pueda impartir por vía telemática,
realizando un examen presencial al final de los módulos que permita acreditar
los conocimientos adquiridos sin necesidad de esperar a que salga una
convocatoria.
2. MEDIANTE ACREDITACIÓN DE LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES
Siguiendo los procedimientos
establecidos para la evaluación y acreditación de las competencias
profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de formación no
reglada.
Para formar parte de este proceso hay
que inscribirse cuando se abra una convocatoria acompañando a la solicitud el
historial profesional y formativo. Las convocatorias son organizadas por la
Administración Pública (los Ministerios de Educación y Trabajo o las
Comunidades Autónomas).
Los requisitos que se
deben cumplir son:
·
Tener la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de residente
comunitario o tener tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea, o ser
titular de una autorización de residencia y trabajo en España en vigor, en los
términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración,
·
Tener 18 o 20 años cumplidos al realizar la inscripción, en función de las
competencias que se quieran acreditar.
Además, has de cumplir al menos uno de
los dos requisitos siguientes:
·
Tener una experiencia laboral relacionada con la convocatoria de 2 ó 3 años
(1200 ó 2000 horas mínimas trabajadas).
·
Haber realizado actividades de formación en los últimos 10 años,
relacionadas con la convocatoria con una duración de 200 ó 300 horas.
Todo este proceso,
consta de tres fases:
· Asesoramiento: los asesores son expertos en el sector profesional al que perteneces:
revisan la documentación que hayas aportado y elaboran un informe, Tú
decides si quieres continuar con el proceso y pasar a la siguiente fase.
·
Evaluación: los evaluadores también son expertos en el sector
profesional al que perteneces: estudian tu documentación junto con
el informe del asesor. Además, podrán pedirte que demuestres
tu competencia profesional mediante pruebas.
·
Acreditación: todos los candidatos recibirán un informe personalizado indicando
la formación más adecuada a cada caso. Si la evaluación es
positiva obtendrás la acreditación de las competencias que hayas
demostrado.
En todo momento tienes
la posibilidad de acudir a un orientador para que te
proporcione información y orientación personalizada y te preste apoyo
durante el proceso. Además, se puede acudir a las siguientes instituciones para
solicitar información:
·
Centros de Educación de Personas Adultas.
·
Institutos de Formación Profesional.
·
Institutos de Educación Secundaria.
·
Oficinas de Empleo.
·
Ayuntamientos.
·
Cámaras de Comercio, sindicatos y organizaciones empresariales.
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